¿Se pueden aplicar al mismo tiempo la reserva de capitalización y la de nivelación en el Impuesto sobre Sociedades?
Una de las dudas más habituales cuando se planifica el cierre contable y fiscal de una empresa es si se pueden aplicar simultáneamente dos incentivos fiscales: la reserva de capitalización y la reserva de nivelación. Ambas reducen la base imponible en el Impuesto sobre Sociedades, pero tienen reglas distintas. En este artículo se explica cómo funcionan, cuándo se pueden aplicar juntas y en qué orden.
¿Qué es la reserva de capitalización?
Según el artículo 25 de la Ley 27/2014, las empresas que incrementen sus fondos propios pueden reducir su base imponible en un 20 % de ese incremento, siempre que:
– Ese aumento se mantenga durante tres años.
– Se dote una reserva indisponible por el importe de la deducción.
Además, si se incrementa la plantilla, este porcentaje puede elevarse hasta el 30 %, en función del crecimiento porcentual de empleados.
¿Qué es la reserva de nivelación?
La reserva de nivelación, regulada en el artículo 105 de la misma ley, es un incentivo adicional para las empresas de reducida dimensión, es decir, aquellas con una cifra de negocios inferior a 10 millones de euros. Permite minorar la base imponible hasta un 10 %, con un límite de 1 millón de euros.
Sin embargo, esta reducción no es definitiva: debe regularizarse en los cinco ejercicios siguientes si no se generan pérdidas fiscales que la compensen. En ese caso, las cantidades deducidas se añaden a la cuota íntegra del quinto ejercicio.
También en este caso debe dotarse una reserva indisponible, y no puede usarse simultáneamente para cumplir con otras reservas legales o fiscales (como la de capitalización).
¿Se pueden aplicar ambas deducciones a la vez?
Sí, siempre que se cumplan los requisitos específicos de cada una. Esto puede suponer una importante reducción del tipo efectivo en el Impuesto sobre Sociedades.
¿En qué orden deben aplicarse?
El orden correcto, conforme a la normativa y a la práctica habitual reflejada en el modelo 200, es el siguiente:
1. Reserva de capitalización
2. Compensación de bases imponibles negativas
3. Reserva de nivelación
Consideraciones finales
Ambas reservas son herramientas útiles para optimizar la fiscalidad empresarial, pero su correcta aplicación exige un análisis previo y un cumplimiento riguroso de los requisitos contables y fiscales. Especialmente en el caso de la reserva de nivelación, es importante tener en cuenta su carácter condicionado: si no se obtienen pérdidas fiscales habrá que devolver lo deducido.