Con la aprobación del Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre, surgen nuevas obligaciones para empresarios y desarrolladores de software que gestionan sistemas de facturación. La reciente resolución vinculante V2484-24, publicada por la Dirección General de Tributos, aclara aspectos clave sobre la aplicabilidad de esta normativa y el impacto que tendrá en los contribuyentes acogidos al Suministro Inmediato de Información (SII).

En este artículo, desglosamos los puntos más relevantes de la resolución y cómo afecta a los negocios y desarrolladores de software.

¿Qué establece el Real Decreto 1007/2023?
Este reglamento introduce nuevos requisitos técnicos para garantizar la integridad, trazabilidad e inalterabilidad de los sistemas informáticos de facturación utilizados por empresarios y profesionales. Estas medidas buscan reforzar el control tributario y garantizar la fiabilidad de los registros contables.

Los sistemas afectados deben cumplir con características como:

Accesibilidad, legibilidad y conservación de los registros.
Certificación mediante declaración responsable por parte del desarrollador del software.
Resolución V2484-24: Principales aclaraciones

Clientes acogidos al SII:
La resolución establece que los contribuyentes que utilicen el Suministro Inmediato de Información (SII) están exentos de cumplir con los requisitos técnicos del Real Decreto 1007/2023. Esto se debe a que dichos contribuyentes ya llevan sus libros registros de IVA a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria, lo que les excluye de las obligaciones del reglamento.

¿Qué significa esto?

Los clientes acogidos al SII podrán continuar utilizando sistemas de facturación no adaptados al nuevo reglamento después del 1 de julio de 2025.
Obligaciones del desarrollador de software:
Los desarrolladores de software que produzcan o comercialicen sistemas de facturación deben garantizar que sus productos cumplan con los requisitos del reglamento para clientes no acogidos al SII. Esto incluye emitir una declaración responsable que certifique la conformidad del software con las especificaciones exigidas.

Plazos clave:

Los sistemas informáticos deben estar adaptados antes del 1 de julio de 2025.
Contratos de mantenimiento plurianuales también deben cumplir con este plazo.
Sanciones:
Fabricar, comercializar o utilizar sistemas no adaptados será considerado una infracción tributaria grave, con posibles sanciones económicas.

¿Cómo afecta esto a los negocios?
Los empresarios y profesionales deben verificar si sus sistemas de facturación cumplen con las nuevas normativas o si están acogidos al SII. Mientras tanto, los desarrolladores de software deben trabajar en adaptar sus productos para evitar problemas legales y garantizar la conformidad con el reglamento.

Conclusión: Prepararse para el futuro
La resolución V2484-24 aclara aspectos esenciales del Real Decreto 1007/2023, ayudando a negocios y desarrolladores a entender sus responsabilidades. Si tu negocio utiliza software de facturación, es fundamental revisar si necesitas adaptarlo para cumplir con las nuevas exigencias antes de julio de 2025.

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